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IMSS | Incapacidades por maternidad a través de plataformas digitales

El pasado 4 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACDO.AS2.HCT.070420/119.P.DPES, dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, a través del cual se autoriza la certificación del estado de embarazo y expedición de incapacidades por maternidad desde plataformas digitales de acceso remoto, siempre que las aseguradas hayan acudido a los servicios médicos para control prenatal. 

Asimismo, se establecen las medidas para que los Médicos de Salud en el Trabajo, certifiquen el estado de embarazo y expidan las incapacidades por maternidad a las aseguradas que no hayan acudido al Instituto para su control prenatal, privilegiando el uso de plataformas digitales de acceso remoto.

De igual forma, se suspende la obligatoriedad del trámite presencial para el registro de alta o modificación de cuentas CLABE interbancarias de las aseguradas para el pago de subsidios por incapacidad temporal para el trabajo por maternidad.

Adicionalmente, se señala que se deberá incorporar en el proceso de pago de la incapacidad temporal para el trabajo por maternidad la confirmación del patrón a través del portal del IMSS.

En caso de requerir mayor información relacionada con este tema o cualquier otro relativo a esta materia, estamos a sus órdenes.

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Ciudad de México,

Mayo de 2020